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Diferencias entre el régimen anterior (Ley 73) y el régimen de cuentas individuales (Ley 97) del SAR

Trabajadores IMSS


Régimen anterior (Ley 73)


  • Trabajadores que cotizaron antes del 1 de julio de 1997

  • La pensión se calcula con base en el salario promedio de los últimos cinco años laborados

  • Se requieren 60 años de edad o más y 500 semanas cotizadas para una pensión

  • Se requiere que los derechos del trabajador es de mi gente al momento de solicitar la pensión

  • Cada trabajador debe conformar un expediente de identificación para realizar trámites ante su Afore

  • El pago de la pensión la realiza el gobierno federal







Régimen de cuentas individuales (Ley 97)


  • Trabajadores que cotizaron a partir del 1 de julio de 1997

  • Se requieren 60 años de edad y 1250 semanas de cotización para obtener una pensión

  • Modalidades de pensión: renta vitalicia (pagada por una aseguradora) y retiro programado (pagada por la Afore, con cargo al saldo de la cuenta individual)

  • Cada trabajador debe conformar un expediente identificación para realizar trámites ante su Afore

  • El pago y monto de la pensión se realiza con el saldo acumulado de la cuenta Afore del trabajador

Consulta más información en la sección todo sobre el retiro de recursos del SAR en www.gob.m/consar





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